ENTRE AMIGOS TE CONTAMOS y
ACLARAMOS TUS DUDAS
¿Puedo hacer abonos extraordinarios a mis créditos?
¿Cuál es mi cupo de crédito en el Fondo?
El cupo de endeudamiento es 3 veces el salario más 1 vez los ahorros obligatorios y aportes. Si tienes reportes de mora en Centrales de Riesgo te podremos ayudar con 1 vez el salario más 1 vez los ahorros obligatorios y aportes. Ten presente que tu Ahorro Voluntario o Vacaciones no se incluyen en tu cupo de endeudamiento
Para el caso de vivienda te prestamos hasta el 70% del valor comercial del inmueble si la vivienda es no VIS, si es VIS te prestamos hasta el 80.
Para vehículo, te prestamos hasta el 90% del valor de tu vehículo.
¿Cuánto es el porcentaje máximo sobre mi salario mensual que me puede descontar el Fondo?
- Solo podremos descontar hasta el 30% si tus créditos son únicamente de consumo
- Si tienes crédito de vivienda el porcentaje puede aumentar hasta el 40%
- En cálculo de los anteriores porcentajes no se incluyen libranzas y medicina prepagada
¿Y si tengo una incapacidad permanente o fallezco, la deuda le queda a mi familia?
- NO, el seguro de vida cubre tu deuda.
- Recuerda que en los créditos de consumo el Fondo te paga el seguro de vida, en el Crédito de Vivienda lo paga el asociado
¿Y qué pasa con mi deuda si me retiro del Fondo?
- De acuerdo con el reglamento, el Fondo al momento del retiro cruza la deuda con los aportes y ahorros,
- Si aún queda saldo en la deuda, de acuerdo con la carta que firmas en el proceso de vinculación, tu liquidación laboral abonará a esta deuda
- Si una vez realizados los anteriores cruces queda deuda, debes negociar una forma de pago según las condiciones establecidas en proceso de recuperación de cartera del Fondo.
Todo lo que debes saber del
CONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA
1. ¿Qué es y para qué sirve este contrato?
¿Qué es una garantía mobiliaria?
Es un mecanismo legal, reconocido por la Ley 1676 de 2013, que permite respaldar el cumplimiento de una obligación (en este caso, tus créditos con FEAMICOL) con un bien específico: tus aportes, ahorros y demás derechos económicos en el Fondo. No es un crédito nuevo ni una deuda adicional; es un respaldo sobre una obligación que ya existe.
¿Por qué FEAMICOL está pidiendo la firma de este contrato?
Como Fondo de Empleados, FEAMICOL debe cumplir las directrices de la Superintendencia de la Economía Solidaria sobre gestión de riesgo crediticio, que exigen contar con garantías suficientes frente a los créditos otorgados. Bajo este escenario, y bajo interpretaciones de algunas autoridades, cuando un asociado enfrentaba un proceso jurídico con un tercero (por ejemplo, un banco u otro acreedor), el Fondo podía verse obligado a entregarle a ese tercero los aportes y ahorros del asociado, generando una pérdida irrecuperable que terminaba afectando a toda la comunidad. Esta garantía busca blindar esos recursos.
¿Es un contrato distinto al pagaré que ya firmé al tomar mi crédito?
Sí, y se complementan. El pagaré demuestra la existencia de la deuda y le da a FEAMICOL el derecho a cobrarla, generalmente por vía judicial. La garantía mobiliaria recae sobre un bien específico (tus aportes y ahorros), restringiendo la posibilidad para que se le asigne una posición preferente a terceros acreedores y desconozcan la naturaleza especial de estos recursos protegidos por las normas de Economía Solidaria.
¿Esto le da a FEAMICOL un control nuevo sobre mis ahorros y aportes?
No. El vínculo y el control del Fondo con tus aportes y ahorros existe desde que te asociaste. La firma de este contrato no crea ese vínculo; lo que hace es formalizar, mediante una figura jurídica, una protección de esos recursos frente a reclamaciones de terceros externos al Fondo. Recuerda además que FEAMICOL no es un banco ni tiene dueños externos: es un Fondo construido por y para sus asociados, así que proteger sus recursos es proteger los recursos de todos.
2. ¿Qué queda cubierto por la garantía?
¿Qué bienes míos quedan en garantía?
Las cuentas en las cuales están registrados tus aportes sociales, el ahorro patronal, y los ahorros permanentes, aportes extraordinarios, rendimientos y demás derechos económicos que tengas hoy o llegues a tener en el futuro en tu calidad de asociado de FEAMICOL.
¿La garantía cubre solo mi obligación actual o también obligaciones futuras? Cubre tus obligaciones pasadas, presentes y futuras con FEAMICOL. Esto significa que, si en el futuro adquieres un nuevo crédito, en principio no tendrías que constituir una garantía nueva, salvo que hayas cancelado la anterior.
¿Existe la posibilidad de que la garantía quede limitada solo al saldo pendiente de mi obligación actual?
No. El contrato está estructurado para cubrir las obligaciones presentes, pasadas y futuras que se adquieran mientras tengas la calidad de asociado de FEAMICOL, precisamente para que no debas constituir una nueva garantía cada vez que adquieras una obligación adicional.
Si hago abonos extraordinarios o pagos anticipados que reducen mi deuda, ¿la garantía se reduce en la misma proporción?
No precisamente. Los abonos y pagos extraordinarios que sean realizados por los asociados respecto de sus créditos/obligaciones y en cumplimiento del reglamento de crédito, van a reducir el monto por el cual se haga efectiva la garantía en caso de incumplimiento. En esa medida, la garantía se constituye sobre un bien específico, por lo que en caso de ejecución sólo se podrá hacer sobre el saldo efectivamente adeudado al monto se hacerla efectiva.
¿FEAMICOL puede quedarse con todos mis ahorros en cualquier momento?
No. La garantía solo puede hacerse efectiva ante un incumplimiento real de tus obligaciones (por ejemplo, mora en el pago), y únicamente hasta el monto necesario para cubrir la deuda. Si después de aplicar el pago queda un remanente, FEAMICOL debe ponerlo a tu disposición al momento de la desvinculación o pérdida de calidad de asociado.
3. ¿A quién aplica y qué pasa si no me llegó la comunicación?
¿Todos los asociados deben firmar este contrato?
No. La solicitud está dirigida únicamente a aquellos asociados que cumplan con los siguientes criterios: 1) contar con un crédito vigente; 2) presentar un nivel de riesgo respecto del incumplimiento de la obligación que así lo justifique; y 3) la cuantía o monto de la obligación adquirida, sean considerados idóneos para la constitución de la garantía.
No me llegó la comunicación con el documento para firmar.
¿Qué debo hacer? Si no recibiste el documento, lo más probable es que, de acuerdo con el estudio realizado por el Fondo, no cuentes con los parámetros que FEAMICOL contempló para la constitución de estas garantías, por lo que el trámite no aplicaría para ti en este momento. No necesitas hacer nada adicional. Si tienes dudas sobre tu situación particular, puedes escribir a FEAMICOL para confirmarlo.
¿Es obligatorio firmar?
Si. Corresponde a una obligación de los asociados según el reglamento de crédito. Para créditos en curso se hizo un análisis según los parámetros de la
Superintendencia de Economía Solidaria. Para cualquier solicitud de crédito nueva, que cumpla con los parámetros señalados en las respuestas precedentes, la suscripción de este contrato de garantía será un requisito para el desembolso.
Si decido no firmar, ¿qué pasa con mi crédito actual?
Tu crédito continúa vigente en las mismas condiciones; la decisión de firmar no lo afecta. Lo que cambia es que, ante un eventual proceso de embargo o insolvencia tuya frente a un tercero, tus derechos económicos no tendrán la protección preferente que otorga esta garantía, lo que también podría afectar la estabilidad de los recursos comunes del Fondo. Finalmente, es importante recordar que esta es una obligación de los asociados en función al cumplimiento de los requisitos para la aprobación de los créditos establecidos en el reglamento de crédito.
4. ¿Tiene algún costo para mí?
¿Firmar este contrato me genera algún costo?
Si. Los costos de esta garantía corresponden exclusivamente a los costos de inscripción de la garantía ante el Registro de Garantías Mobiliarias administrado por Confecámaras. Estos costos son a cargo de los asociados. Sin embargo, en esta primera etapa el costo es cero ($0).
Ahora bien, en caso de requerir alguna modificación, cancelación, certificados o cualquier concepto, que este por fuera de los gastos de inscripción inicial que se realizará, se generarán costos cuyo valor se informará oportunamente.
En caso de requerir información adicional, de cara a las tarifas ofrecidas en el Registro de Garantías Mobiliarias administrado por Confecámaras para el año 2026, recomendamos consultar su sitio web, donde se publican anualmente las tarifas vigentes para el año correspondiente.
El contrato dice que tengo que pagar (cláusula 23, "Gastos").
¿Cómo funciona eso para los asociados? Es cierto que la cláusula 23 del contrato, en su redacción general, señala que los gastos de registro, modificación, prórroga, liberación, sustitución y cancelación de la garantía —así como eventuales costos notariales o tributarios que llegaran a causarse— están a cargo de “El Garante” (el asociado). No obstante, dentro de este proceso, para esta primera etapa el costo a cargo de los asociados será cero ($0). Además, al realizarse mediante firma electrónica, no se generan trámites notariales. Si tienes alguna duda puntual sobre un cobro específico, puedes consultarla directamente con FEAMICOL antes de firmar.
5. Vigencia, cancelación y cambios en mi situación
¿Hasta cuándo está vigente la garantía?
Desde la firma hasta que se extingan totalmente tus obligaciones con FEAMICOL o se genere la desvinculación y perdida de la calidad de asociado.
Ya pagué toda mi deuda. ¿Cómo cancelo la garantía?
Una vez cuentes con el paz y salvo de tu obligación, puedes solicitar a FEAMICOL la cancelación de la garantía. El Fondo cuenta con un plazo máximo de 30 días hábiles desde tu solicitud escrita para formalizar el trámite. Eso sí, ten presente que, si cancelas y luego adquieres una nueva obligación, tendrías que constituir una nueva garantía y asumir su costo.
Si dejo de ser asociado del Fondo, ¿la garantía desaparece automáticamente?
No. Si te retiras del Fondo pero aún tienes obligaciones pendientes, la garantía sigue vigente sobre esas obligaciones hasta que se paguen totalmente y se cancele el registro correspondiente.
Firmar este contrato, ¿modifica las condiciones de mi crédito actual (tasa, cuota, plazo)?
No. La firma de este documento no cambia las condiciones de tu crédito, no modifica tasas ni cuotas, y no genera costos adicionales. Su único objetivo es brindar mayor respaldo y seguridad jurídica, tanto para ti como para el Fondo.
6. Protección frente a terceros y casos en que se ejecuta la garantía
¿Qué protección obtengo yo como asociado, además de la que obtiene FEAMICOL?
FEAMICOL es de todos sus asociados: no tiene dueños externos ni ánimo de lucro, y su patrimonio se construye con los aportes y ahorros de cada uno de sus miembros. Que un asociado incumpla y sus acreencias sean perseguidas por terceros con mejor derecho afecta directamente ese patrimonio común. Proteger los recursos del Fondo es, en ese sentido, proteger también los tuyos y los de toda la comunidad de asociados.
¿Cómo opera la protección frente a terceros? Por ejemplo, si tengo una deuda con un banco y entro en un proceso jurídico o de embargo.
Antes de esta garantía, si un asociado tenía una deuda con un tercero (un banco u otro acreedor) y entraba en un proceso judicial o de embargo por no pagarla, ese tercero podía reclamar y quedarse con los ahorros y aportes que el asociado tenía en el Fondo. Con la garantía mobiliaria constituida a favor de FEAMICOL, esos recursos quedan protegidos: al recaer la garantía sobre un bien específico y no sobre tu patrimonio en general, un acreedor externo ya no puede tomarlos con preferencia sobre el Fondo.
¿Qué pasa con mis ahorros si FEAMICOL entra en un proceso de insolvencia o liquidación?
Este escenario es distinto e independiente de la garantía: lo que ella protege es el cumplimiento de las obligaciones de los asociados frente al Fondo, no al Fondo frente a su propia insolvencia. De presentarse esta situación, se adelantaría ante la Superintendencia de la Economía Solidaria conforme a las reglas aplicables a los fondos de empleados.
¿En qué casos se puede ejecutar la garantía, es decir, en qué casos FEAMICOL puede aplicar mis ahorros al pago de mi deuda?
Principalmente ante un incumplimiento de tus obligaciones: por ejemplo, mora en el pago del crédito, pérdida de tu calidad de asociado, o un embargo del bien en garantía por parte de un tercero. En esos casos, el contrato permite a FEAMICOL aplicar directamente los recursos mediante el mecanismo de “pago directo”, sin necesidad de un proceso judicial previo, pero siempre hasta el monto necesario para cubrir la obligación vencida; si queda un remanente, debe devolvértelo.
Mis cuotas siempre se descuentan de mi salario por libranza. ¿Por qué necesito además una garantía de pago?
La libranza es el mecanismo por el cual se paga tu cuota; la garantía mobiliaria respalda el riesgo de cartera del crédito, conforme a las instrucciones de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Aunque el pago llegue operativamente a través de tu empleador, se realiza en virtud de una instrucción irrevocable tuya y la obligación del crédito sigue siendo tuya como asociado; por eso la garantía sigue siendo necesaria como respaldo adicional.
7. Sobre el proceso de firma
¿Cómo se firma el contrato?
Mediante firma electrónica, una vez se surta el proceso de validación de identidad. La firma electrónica tiene la misma validez legal que la firma manuscrita.
¿FEAMICOL va a registrar esta garantía y cuándo?
Sí. FEAMICOL registrará las garantías en el Registro de Garantías Mobiliarias administrado por Confecámaras. Este proceso se llevará a cabo durante los meses de septiembre y octubre de 2026.
Tengo dudas adicionales o no estoy de acuerdo con algún punto del contrato. ¿Con quién puedo hablar antes de firmar?
Puedes comunicarte directamente con FEAMICOL a través de los canales oficiales del Fondo. El equipo está disponible para explicarte el alcance del contrato y resolver tus dudas antes de que decidas firmar.
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